Cofinanciamiento de costos de seguros asociado a créditos

Autora: Emily Jacob

 

A mediados de octubre se aprobó en la sala de la Cámara de Diputados el proyecto que establece nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades de los agentes de los mercados. El diputado Giorgio Jackson dispuso cuatro ideas principales en relación a estas nuevas peticiones, específicamente acerca de gastos operacionales y un pago equitativo de éstos, gastos de cobranza extrajudicial y judicial, una corrección al sistema de amortización que hace proporcional el pago de intereses en caso de prepago y repactaciones y, por último, sobre la prima de los seguros asociados a un crédito[1].

El punto más complicado en este proyecto de ley es aquél que plantea establecer un cofinanciamiento, entre la institución financiera y el deudor para los seguros asociados a operaciones de créditos hipotecarios y de consumo, los que hasta ahora son pagados íntegramente por los deudores que contratan el seguro. ¿Cuáles son los efectos del copago de las primas de seguros entre las instituciones financieras y los consumidores?

La tasa de interés evidencia, entre otros factores, el riesgo de la operación crediticia donde a mayor riesgo mayor es la tasa de interés y viceversa. Los seguros asociados a los créditos tienen como objetivo proteger las garantías o la fuente de pago de los préstamos. Estos seguros son mitigadores de potenciales riesgos de no pago por el suceso de algún tipo de siniestro (muerte, incendio, desempleo, etc) y, por lo tanto, bajan el riesgo y, consecuentemente, la tasa de interés, lo que permite que fluya el crédito especialmente para los segmentos más vulnerables.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) explica que independientemente de la distribución de los pagos que determine la Ley, las entidades financieras reflejarán en la tasa de interés todos los costos relacionados con la operación de crédito de su cliente. Mientras mejor refleje la tasa de interés estos costos de la operación, mejor será la transparencia del precio que se fije. Si la tasa no es flexible para ajustarse habrá exclusiones o incrementos de ella que resulten subóptimos[2] .

El cofinanciamiento de las primas de seguros en nuevos créditos significaría que una parte del costo del seguro se traspasaría a la tasa de interés, encareciendo el costo del crédito. Esto podría tener impactos adversos en la inclusión financiera y la bancarización, restringiendo el acceso a la cobertura para las personas de mayor riesgo y, como consecuencia, limitando el acceso al crédito, sobre todo en los segmentos más vulnerables del país, ya que éstos tienen un riesgo de crédito que no queda cubierto por la Tasa Máxima Convencional (TMC).

Al compartir el costo del seguro se restringirían operaciones, sólo si la TMC es restrictiva, es decir, si efectivamente limita al mercado de cobrar tasas más altas. Lo anterior fue estudiado por Cuesta y Sepúlveda[3], quienes analizan los efectos que produjo la reducción de los límites máximos de tasas de interés en 20 puntos porcentuales, sobre los resultados del mercado y el bienestar de las personas en Chile. Este documento concluye que existe una compensación entre la protección del consumidor y el acceso al crédito, pero que los efectos adversos sobre el acceso al crédito dominan por sobre los efectos de protección al consumidor. Se documenta que la política redujo las tasas de interés pactadas en un 9%, pero también disminuyó el número de préstamos en un 19%. Al estimar los efectos en el bienestar de esta política se informa que el excedente del consumidor se reduce en un equivalente al 3,5% del ingreso promedio, con mayores pérdidas para los deudores riesgosos. Por lo tanto, la regulación de las tasas de interés tuvo efectos negativos sobre el bienestar ya que perjudicó el acceso de los prestatarios al crédito, disminuyendo su consumo y aumentando las dificultades financieras.

La CMF estimó el impacto de la “indicación Jackson” de copago en la inclusión financiera, suponiendo un aumento en la tasa de interés de los créditos igual al 50% del costo de la prima de seguros. Utilizando el costo de un seguro tipo se obtuvo que la indicación propuesta generaría un alza de 11,1% en el costo de los créditos hipotecarios y de 11,9% en el caso de los créditos de consumo. Con esto un 12,6% de las operaciones en cuotas (236 mil operaciones en 12 meses) podrían quedar restringidas dado que sobrepasarían la TMC vigente[2]. Esto, por lo tanto, se traduciría nuevamente en una ley que termina desbancarizando a potenciales clientes de menores ingresos.

En conclusión, el cofinancimiento del costo del seguro de créditos eventualmente tendrá efectos adversos respecto de la inclusión financiera y el bienestar de los más vulnerables debido al aumento del costo del crédito. Lo más probable es que esto derive en una mayor desbancarización y a que más personas deban recurrir a prestamistas informales.

 

 

 

 

[1] https://deudamaldita.cl/

[2] Comisión para los Mercados Financieros. (Octubre 2020). “Comentarios a algunas normas relativas a seguros, contenidas en el proyecto de Ley Boletín N°10162-05. Nuevas Exigencias de Transparencia y Responsabilidades de Agentes de Mercado”.

[3] Cuesta, J., & Sepúlveda, A. (2019). Price Regulation in Credit Markets: A Trade-Off between Consumer Protection and Credit Access. Macroeconomics: Monetary & Fiscal Policies eJournal.

 

 

 

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