Las instituciones de libre competencia

Por Jorge Fantuzzi

El efecto de las instituciones sobre el desarrollo de los países ya es un tema conocido. La investigación económica en el ámbito académico es contundente, y ésta se ha popularizado gracias a libros de divulgación de varios economistas como Daron Acemoglu y James Robinson. 

Cuando hablamos de “instituciones” no es necesariamente de manera literal. Se trata de las reglas del juego con las que nos desenvolvemos en sociedad. Es decir, no se entienden sólo como el “dejemos que las instituciones funcionen” de Ricardo Lagos, refiriéndose al ámbito de las atribuciones de cada institución (esta sería la mirada literal). Se entienden en un sentido más amplio que implica los sistemas de incentivos de políticos y ciudadanos. 

Pensemos por ejemplo en nuestras decisiones de educación. Si vivimos en un país donde abunda la corrupción y el crimen organizado, entonces es poco probable que queramos educarnos porque el retorno a la educación es más bajo. Es decir, que el Estado no sea capaz de resolver estos problemas en la organización de las actividades económicas (ilegales), genera incentivos a los ciudadanos para actuar de cierta manera.

Otro ejemplo viene de los famosos retiros de los fondos de pensiones durante la pandemia. Como los políticos tenían incentivos de corto plazo para su elección, buscaron la manera de “saltarse” la regulación que les impide proponer proyectos que involucren gasto público (eso fue lo que hicieron aunque lo nieguen) y aprobaron un proyecto que evidentemente era malo para el país en múltiples sentidos. O sea, mostraron que frente a presiones, los políticos son capaces de no respetar las reglas del juego. 

Todo este preámbulo sobre las instituciones es útil para hablar de la reciente solicitud de recomendación normativa de Conadecus al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para que éste regule la concentración económica, en particular, para que proponga políticas públicas respecto de los conglomerados o grupos económicos. 

La solicitud está evidentemente fuera del alcance de las atribuciones del TDLC, porque no se trata de un tema de libre competencia. Puede ser un tema relevante, eventualmente una política pública debatible, pero no es un tema de libre competencia, o al menos Conadecus falla en su argumentación al respecto. 

¿Entonces por qué se hizo la presentación que muy probablemente se rechazará en definitiva (aunque ahora se aprobó su tramitación)? En mi opinión, porque se trata de un aprovechamiento político del TDLC por parte de la asociación de consumidores. Conadecus sabe que cualquier diputado puede presentar una moción posteriormente con los argumentos que se den en el TDLC y que la discusión en el Congreso tendría otro rigor técnico -y muy probablemente una buena posibilidad de prosperar-.

Nuestra institucionalidad en libre competencia -fruto de una iteración de años en nuestra ley- es mirada y admirada en muchos países, especialmente por nuestros vecinos. La FNE y el TDLC son instituciones que han mantenido su independencia política desde su creación, y se han destacado por tener un alto rigor técnico en sus decisiones. Esto genera -como en los otros ejemplos- incentivos sobre los consumidores y sobre las empresas. Por ejemplo, cuando el TDLC sanciona a una empresa por colusión, las empresas se preocupan de capacitarse, de establecer mecanismos de prevención y de evitar este tipo de conductas. Las empresas (los empresarios) reaccionan a los incentivos y -eventualmente- cambian sus comportamientos.

Lo grave de esta jugarreta es que va justamente en la dirección contraria a los avances que hemos tenido en esta materia. Incorpora un componente político que está fuera de lo que se ha hecho siempre. Ojalá la decisión del TDLC en esta materia en definitiva no sólo rechace la solicitud, además debe ser tremendamente categórica respecto de las falencias de la presentación de Conadecus y que eso ayude a proteger nuestro diseño institucional.

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